INTRODUCCIÓN: Desde hace mucho tiempo la Unidad Tributaria (UT) exhibe un gravísimo rezago con respecto a la inflación, con lo cual ha dejado de ser un índice de corrección fidedigno y útil. Además de otras distorsiones indeseables, la infravaloración de la UT ha provocado desafortunados efectos en la aplicación del Impuesto sobre la Renta (ISLR) de las personas naturales. Como consecuencia de la perversa combinación de hiperinflación, pérdida del poder adquisitivo de la moneda de curso legal y subvaluación de la Unidad Tributaria (UT), cuyo ajuste ha sido indebidamente postergado y siempre insuficiente, el ISLR ha dejado de ser un tributo progresivo y se ha perdido por completo la materialidad de las rebajas y desgravámenes que permiten minorar el impacto de este impuesto, a los fines de no afectar el llamado mínimo exento o mínimo vital, que es la porción de riqueza de los sujetos pasivos que no debe ser incidida por ninguna exacción.
Para el ejercicio fiscal 2019 y hasta la resolución SNAT/2020/00006 del 21 de enero de 2020 1 , el valor de la UT estuvo fijado en Bs. 50,00, pasando ahora en el ejercicio fiscal 2020, a la irrisoria suma de Bs. 1.500,00. La corrección ha sido entonces tardía y completamente inútil.